Justicia Penal Internacional: Una Revisión 27 Años Después del Estatuto de Roma
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Dia de la justicia penal internacional, entrevista con Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica
¿Cómo se puede evalúar el papel juado por la Corte Penal Internacional (CPI) desde que entró en vigor el Estatuto de Roma en el 2002?
La CPI es una jurisdicción internacional que se estableció en 1998 en un tratado multilateral adoptado en julio en Roma, denominado el Estatuto de Roma. La fecha no es casual sino que en los años anteriores se pudo observar desde la comunidad internacional masacres, genocidios y crímenes de guerra tanto en la Ex Yugoslavia a partir de 1991 como en Rwanda a partir de 1994. Con en ambos casos, respuestas (tribunales penales internacionales ad hoc) que se consideraron insuficientes, al ser creado por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
De ahí la idea de establecer una jurisdicción internacional permanente, no sujeta a decisiones del Consejo de Seguridad (como lo fueron los casos de Yugoslavia y de Rwanda), para juzgar a personas a título individual por cometer tres actos particularmente graves: el crímen de genocidio (Artículo 6 del Estatuto de Roma), el crímen de lesa humanidad (Artículo 7) y los crímenes de guerra (Artículo 8).
La CPI es una institución que enfrenta diversos desafíos, como toda entidad internacional, siendo tal vez el principal la fuerte crítica que se le hizo en los años 2000-2020 al interesarse únicamente por tramitar situaciones relacionadas a África y hacer caso omiso de todo lo demás. Las cosas están radicalmente cambiando, por suerte, con investigaciones y expedientes que se están tramitando e interesan situaciones en todos los continentes.
¿Cuál opinión le merecen las decisiones recientemente tomadas con relación a Rusia así como a Israel?
Se trata de decisiones valientes en ambos casos por parte de los jueces de la CPI, lo cual explica las fuertes presiones que están recibiendo desde entonces por haberlas tomado. Los crímenes de guerra que son imputables a Rusia en Ucrania desde febrero del 2022 tienen a responsables en el aparato estatal ruso, y es lógico que sean objeto de una órden de captura. De igual manera las exacciones de todo tipo a las que se ha prestado el ejército israelí en Gaza desde octubre del 2023 y que califican perfectamente como crímenes de guerra (recomiendo la lectura del artículo 8 del Estatuto de Roma para quienes en Costa Rica aún sostienen lo contrario) tienen a responsables que deberán rendir un día cuenta ante la justicia penal internacional. En lo personal, creo que son muchos más que dos en Israel los que deberán un día rendir cuentas por sus actos.
Se ha señalado que Estados Unidos, Rusia, China y varios Estados más no reconocen la jurisdicción de la CPI.¿Constituye esto un freno para la justicia penal internacional?
Si comparamos el número de Estados Miembros de Naciones Unidas (193) al número de Estados Partes al Estatuto de Roma (125, siendo el último en haberlo ratificado Ucrania en el 2024), podemos observar que el problema va mucho más allá de Estados Unidos, Rusia y China únicamente.
En el caso de América Latina, los dos únicos Estados que se resisten en someterse a la CPI ratificando el Estatuto de Roma son Cuba y Nicaragua. Habría que preguntarles a sus autoridades diplomáticas qué razones encuentran en este 2025 para que se mantengan sin aprobar el Estatuto de Roma, adoptado como bien sabemos en julio de 1998.
El Estatuto de Roma es un tratado multilateral. Como ocurre con cuelquier tratado internacional, cada Estado decide libre y soberanamente cuáles tratados multilaterales aprueba y cuáles no. En mi opinión, el hecho de no ser aún un tratado multilateral universalmente aprobado de ninguna manera le resta autoridad o legitimidad a la CPI: más bien refuerza la idea que, a diferencia de otros tratados de derechos humanos que son casi universales (al contener obligaciones jurídicas poco sustantivas), el Estatuto de Roma de 1998 obliga a los Estados de una manera mucho más significativa, lo cual puede explicar la resistencia de algunos Estados aún en este 2025 a aprobarlo.
El hecho que Rusia haya tomado sanciones contra los jueces de la CPI, al igual que Estados Unidos en el caso de Israel, nos demuestra la importancia de una justicia penal internacional que sea sólida, que sea independiente, y sobre todo que cuente con una estructura y un presupuesto que pueda resistir a este tipo de presiones políticas y diplomáticas.
A propósito de la situación en Gaza, el Fiscal de la CPI solicitó órdenes de arresto tanto para tres líderes de Hamas como para dos altas autoridades de Israel. ¿Es en su opinión normal este tipo de equiparación?
Los tres líderes del Hamás fueron solicitados por el Fiscal de la CPI por haber ordenado las exacciones observadas el 7 de octubre del 2023 y que califican perfectamente como crímenes de lesa humanidad (artículo 7 del Estatuto de Roma). Las exacciones de Israel en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre califican como crímenes de guerra (artículo 8). No hay mayor “equiparación“, sino casos documentados de exacciones contra civiles indefensos y desarmados abatidos en el primer caso por combatientes del Hamás, y en el segundo caso por militares israelíes. Sí me ha llamado la atención que en el primer caso (los tres líderes del Hamás), nadie en Costa Rica encontrará objeción alguna, pero que en el segundo caso (Israel), salieran a relucir supuestos “argumentos” de “expertos”, analistas, columnistas, intentando eximir a las máximas autoridades israelíes de los crímenes de guerra a repetición observados en Gaza desde la misma tarde noche del 7 de octubre. A estos “expertos” y analistas, algunos de ellos colegas en la UCR en la que enseño, hay que recordarles algo que me parece en lo personal bastante sencillo: la vida humana tiene exactamente el mismo valor, sean las víctimas israelíes o palestinas.
Este 17 de julio, no se observó ningun pronunciamiento de Italia en favor de la CPI y de la justicia penal internacional. ¿Como se puede interpretar esta omisión ?
Es una pregunta muy válida y un tema que deberían Ustedes de poder dillucidar con los responsables de elaborar un comunicado de prensa en la Cancillería italiana. En lo personal, me resulta bastante triste ver cómo muchos Estados en los últimos años han hecho a un lado los principios y valores que siempre han defendido en una multitud de foros internacionales como Estado, cuando se trata de los crímenes de guerra perpetrados por Israel en Gaza.
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CC – Vassia Atanassova
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