LEGALIZACIÓN DE LA IZQUIERDA ABERTZALE

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Sortu recurre al Supremo para acceder después al Constitucional

Los promotores de Sortu anunciaron ayer que presentarán un incidente de nulidad de actuaciones ante el Tribunal Supremo por creer que ha vulnerado sus derechos. Es un paso obligado para poder recurrir luego al Constitucional.

BILBO-. Los promotores de Sortu anunciaron ayer que “en los próximos días” presentarán “ante la Sala Especial del Tribunal Supremo un incidente de nulidad de actuaciones”, por considerar que el auto con el que prohibía su inscripción en el registro “vulnera, entre otros, el derecho a la libre creación de partidos políticos”.
Los propios promotores de Sortu aclaran en la nota remitida a los medios que este paso resulta obligatorio, puesto que la ley establece que es preceptivo que la Sala “se pronuncie sobre esa lesión de derechos fundamentales antes de acudir al Tribunal Constitucional”.
En decisiones anteriores relativas a la ilegalización de partidos este paso no había sido necesario, puesto que la novedad de que se deba pedir un incidente de nulidad de actuaciones ante el mismo tribunal se introdujo en una reforma de la Ley del Tribunal Constitucional del 24 de mayo de 2007
El objeto de la reforma, según expertos juristas, fue aliviar de carga de trabajo al Tribunal Constitucional, permitiendo que los tribunales ordinarios se conviertan en un filtro que pueda pronunciarse sobre vulneraciones de derechos para que no todas los recursos sobre la materia acaben interponiéndose ante al Tribunal Constitucional

Esto provoca que Sortu se vea ahora obligado a presentar un incidente por vulneración de sus derechos ante la misma sala a la que acusa de no respetarlos, puesto que en el Tribunal Supremo no hay otra instancia que pueda pronunciarse sobre la materia.

En previsión de lo que el propio Supremo pudiera demorarse en resolver la demanda, los promotores de Sortu anunciaron que simultáneamente a la presentación del incidente de nulidad de actuaciones instarán “la suspensión de la ejecución y eficacia del Auto recurrido, al objeto de evitar que el incidente pueda perder su finalidad”.
Auto con “prejuicios políticos”

Los promotores de Sortu han vuelto a insistir en que el auto que veta su inscripción en el registro de partidos es “una decisión política a la que parte de los magistrados del Tribunal Supremo han querido dar una barniz jurídico”.

Y añaden que la propia sentencia ha dejado al descubierto que “la decisión se ha tomado basándose únicamente en criterios, sospechas y prejuicios políticos dejando de lado los argumentos jurídicos en los que un tribunal debería basar sus decisiones, tal y como los magistrados que han suscrito el voto discrepante han denunciado”.


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